Volante de convivencia
- El trámite se puede realizar en Pegora
- El trámite se puede realizar por Internet
- Descargar documentos
Descripción: este volante da información de las personas que están empadronadas en un domicilio concreto del municipio de Eibar. El volante de convivencia también es conocido como volante de inscripción. Los volantes de convivencia contienen la siguiente información:
- Datos personales de la persona que solicita el volante de convivencia.
- Datos del domicilio y número de personas empadronadas en el mismo.
De conformidad con el artículo 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, el Ayuntamiento únicamente proporcionará datos de terceras personas si se cuenta con el previo consentimiento de los/as interesados/as mayores de edad.
Destinatario/a: Toda persona empadronada en Eibar que necesite obtener el volante de convivencia.
Plazo solicitud: Abierto todo el año.
Documentación a presentar:
- Autorización para realizar trámites del padrón de habitantes debidamente cumplimentada y firmada.
- DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente de la persona autorizada para realizar el trámite del padrón de habitantes.
- DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente de todas las personas autorizantes mayores de edad.
Tasas: Gratuito.
Dpto. responsable: Secretaría (Estadística).
Órgano resolución: No procede.
Plazo tramitación:
- Solicitudes realizadas en PEGORA: inmediato.
- Solicitudes realizadas electrónicamente: 1 día. El volante de convivencia será enviado por correo ordinario al domicilio de empadronamiento.
Silencio administrativo: No procede.
Recursos contra resolución: No procede.
Siguientes trámites (procedimiento):
- PEGORA: comprobar empadronamiento y documentación, y en su caso, imprimir el volante de convivencia y entregarlo a la persona interesada. En casos de solicitudes realizadas electrónicamente, enviar por correo ordinario el volante al domicilio de empadronamiento.
Normativa legal:
- Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal (BOE nº 71, 24-03-2015).
- Resolución de 17 de noviembre 2005, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la resolución del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General para la Administración Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del padrón municipal y sobre el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población (BOE nº 280, 23-11-2005).
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (BOE nº 298, 14-12-1999).
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº 194, 14-08-1986).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80, 03-04-1985).
Descargar documentos |
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Autorización para realizar trámites del padrón de habitantes Ver | Descargar ( PDF, 110 KB) |
Ficha informativa: volante de convivencia Ver | Descargar ( PDF, 38 KB) |
Iniciar trámite por Internet |
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